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El límite de la deducción sobre la base liquidable se mantiene en el 15%. Artículo 19 (Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) 1de la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.